PREINSCRIPCIÓN
Mediante la realización de la preinscripción el aspirante solicita su admisión en el Programa de Doctorado. Los plazos para formalizar la preinscripción para el año académico 2024-2025 son:- Convocatoria ordinaria: desde el 1 de marzo hasta el 22 de julio de 2024.
- Convocatoria extraordinaria: desde el 24 de julio hasta el 7 de octubre de 2024.
La preinscripción se puede realizar por Internet en los plazos citados.
Se deberá enviar una copia de la solicitud junto con la siguiente documentación al correo: doctorado@uemc.es
- Copia de los títulos y certificados académicos de Grado y Máster oficiales finalizados antes del 22 de julio en convocatoria ordinaria y del 7 de
octubre en convocatoria extraordinaria. - Curriculum vitae.
La admisión en la Universidad quedará condicionada al cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación vigente.
MATRÍCULA
Los doctorandos han de matricularse anualmente. El hecho de no formalizar la matrícula en tiempo y forma, implica el abandono del Programa y, en consecuencia, la pérdida de plaza.Los plazos para formalizar la matrícula para el año académico 2024-2025 son:
- Primer plazo (requisitos cumplidos en convocatoria ordinaria): del 1 al 15 de septiembre de 2024.
- Segundo plazo (requisitos cumplidos en convocatoria extraordinaria): del 1 al 15 de octubre de 2024.
El estudiante con plaza reservada ha de matricularse en la Secretaría de la Universidad aportando la siguiente documentación:
- Impresos de matrícula cumplimentados: anexo y contrato.
- Una fotografía de tamaño carné.
- Una fotocopia del DNI, si no se ha aportado en la preinscripción.
- Original y copia de los Certificados Académicos del Grado y del Máster oficiales.
Los alumnos de segundo año y posteriores, deberán formalizar su matrícula del 15 al 30 de julio.
Para todo estudiante menor de 28 años, el pago de la matrícula implica automáticamente el alta en el Seguro Escolar.
Con carácter general, cuando la tesis no se haya defendido hasta el 31 de diciembre de 2024, los estudiantes deberán formalizar la matrícula para el curso 2024-2025.
NORMATIVA DE PERMANENCIA
Los estudiantes podrán matricularse en régimen de dedicación a tiempo completo o a tiempo parcial, siendo el régimen ordinario el de dedicación a tiempo completo.Permanencia a tiempo completo
La duración de los estudios de doctorado en régimen de dedicación a tiempo completo será de un máximo de cuatro años desde la admisión en el Programa de Doctorado hasta la presentación de la Tesis doctoral. Si transcurrido el citado plazo de cuatro años no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la tesis, la Comisión Académica responsable del programa podrá autorizar, previa solicitud del doctorando,la prórroga del plazo por un año más. Permanencia a tiempo parcial
Un alumno podrá solicitar la matrícula tiempo parcial si estuviese en alguna de las siguientes circunstancias, debiendo aportar la documentación pertinente en cada caso:1) Trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia con una dedicación igual o superior a media jornada. En caso de trabajador por cuenta ajena, se debe aportar contrato de trabajo y vida laboral. En caso de trabajador por cuenta propia, se debe aportar el recibo de pago de la Seguridad Social o mutualidad correspondiente y estar al corriente de pago en Hacienda.
2) Tener un familiar a cargo.
3) Ser deportista de élite.
4) Tener discapacidad o enfermedad que no permita llevar a cabo los estudios en dedicación de tiempo completo.
5) Cualquier otra circunstancia de causa mayor debidamente acreditada.
En cualquier caso, será la Comisión Académica la que, analizada la documentación aportada, permita la matrícula a tiempo parcial.
La condición de permanencia a tiempo parcial deberá acreditarse anualmente.
La duración de los estudios de doctorado en régimen de dedicación a tiempo parcial será de un máximo de siete años desde la admisión en el Programa de Doctorado hasta la presentación de la Tesis doctoral. La Comisión Académica responsable del programa podrá autorizar, previa solicitud del doctorando, la prórroga del plazo por un año más una vez transcurrido el citado plazo de siete años si no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la Tesis doctoral.