Objetivos

Objetivos generales

  • Formar personas especializadas en resolución pacífica de conflictos. Que los participantes adquieran competencias para el manejo de conflictos y para la reflexión en el ámbito de la resolución de conflictos y mediación. Aportar herramientas reales y realizables en la construcción de la Paz.
  • Favorecer el acceso de todas las disciplinas y profesiones como sujetos de formación en resolución de conflictos y mediación. Privilegiar la interdisciplinariedad y multiculturalidad en la enseñanza de la resolución de conflictos y mediación.
  • Favorecer un intercambio disciplinar de la resolución de conflictos y mediación, contribuir a un trabajo colectivo e individual, de reflexión y de investigación sobre la resolución de conflictos y mediación.
  • Resignificar el conflicto como un factor social constructivo y necesario para el desarrollo de las sociedades. Dignificar al hombre, sus valores y principios como actores en la solución de sus conflictos.
  • Adelantar proyectos conjuntos de docencia, investigación y proyección social con estándares de calidad internacionales.

Objetivos específicos

  • Desarrollar una nueva comprensión sobre el conflicto y sus dinámicas, desde la perspectiva de múltiples disciplinas.
  • Desarrollar habilidades de resolución/transformación de conflictos/disputas en los diferentes ámbitos en los que se manifiesta.
  • Formar en las técnicas y habilidades de mediación.
  • Capacitar para intervenir en distintos ámbitos (escolar, familiar, comunitario, organizacional, sanitario, etc.).
  • Habilitar para desarrollar y diseñar proyectos y sistemas de resolución de conflictos para las organizaciones.
  • Desarrollar capacidades para la resolución de disputas online (arbitraje, mediación, facilitación).
  • Participar en la resolución de conflictos de manera práctica en un contexto específico.
  • Conocer las herramientas aplicables en casos civiles y mercantiles.

Destinatarios

La Ley de Mediación Familiar de Castilla y León, en el Título III, establece de una forma clara y precisa el estatuto básico de los profesionales mediadores familiares. Concretamente, en el artículo 8 de la Ley preceptúa que podrán ejercer la mediación familiar las personas que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Tener la condición de titulado universitario en Derecho, Psicología, Psicopedagogía, Sociología, Pedagogía, Trabajo Social, Educación Social, y en cualquier otra Licenciatura o Diplomatura de carácter social, educativo, psicológico, jurídico o sanitario.

  2. Estar en posesión de las licencias o autorizaciones pertinentes para el ejercicio de la actividad profesional.

  3. Acreditar la formación en mediación familiar en los términos y condiciones que se establezcan reglamentariamente, por un mínimo de trescientas horas impartidas, organizadas o tuteladas por Instituciones Universitarias o Colegios Profesionales.

  4. Estar inscrito en el Registro de Mediadores Familiares de la Comunidad de Castilla y León.

Número mínimo y máximo de alumnos admisibles

- Número mínimo: 10.

- Número máximo: 40.


Requisitos para la obtención del Título

Asistir al menos al 80% de las clases.

Superar las pruebas on line de la plataforma que se realizarán de cada uno de los bloques.

Proyecto Final y defensa del mismo ante un tribunal.