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Si dispones de alguna titulación universitaria oficial, el estudio de reconocimiento se realizará garantizando la adecuación entre las competencias y conocimientos adquiridos en las materias superadas, y lo previsto en la titulación destino a la que se solicite el reconocimiento, acorde a las directrices y limitaciones de la normativa vigente. Todos los estudios son aprobados en la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de la Universidad Europea Miguel de Cervantes.

Reconocimiento de créditos procedentes de enseñanzas universitarias oficiales de Grado

  • Cuando el título de destino sea de la misma rama de conocimiento que el título de origen, serán objeto de reconocimiento al menos el 15 por ciento del total de los créditos del título, correspondientes a materias de formación básica de dicha rama. No obstante, teniendo en cuenta las competencias a reconocer y siempre en función de la resolución más adecuada, estas asignaturas de formación básica superadas podrán reconocerse en la titulación a cursar por asignaturas básicas de otra rama de conocimiento, optativas u obligatorias.
  • Cuando el título de destino sea de distinta rama de conocimiento que el título de origen, se aplicará lo siguiente:
  • Si se trata de créditos obtenidos en materias de formación básica que también pertenecen a la rama de conocimiento del título de destino serán reconocidos siguiendo el mismo criterio.
  • Si se trata de créditos obtenidos en materias de formación básica que no pertenecen a la rama de conocimiento del título de destino, serán reconocidos cuando se dé la debida adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a dichas materias y los previstos en el plan de estudios de destino, o cuando tengan carácter transversal.
  • Reconocimiento de créditos que no tengan la consideración de básicos en enseñanzas oficiales de Grado: los créditos no correspondientes a materias de formación básica serán reconocidos cuando se dé la debida adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a dichas materias y los previstos en el plan de estudios de destino o cuando tengan carácter transversal.

Al solicitar el reconocimiento de créditos cursados de formación básica de la misma rama se aportará la documentación que acredite la pertenencia de estos a dicha rama.

Titulaciones oficiales anteriores al EEES

  • Los créditos obtenidos en titulaciones oficiales anteriores al EEES serán reconocidos cuando, tras el examen de los mismos por la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos, se resuelva que aportan las competencias y conocimientos requeridos.

De forma generalizada, no se reconocerán en los planes de estudio a cursar en la UEMC asignaturas ya reconocidas previamente. En estos casos, se recurrirá a la formación previa desde la cual se reconocieron estas asignaturas.

En ningún caso será objeto de reconocimiento el Trabajo Fin de Grado o Máster.En las titulaciones académicas en las que las prácticas externas están asociadas a una mención específica, no será compatible la obtención de esta cuando hayan sido reconocidas las prácticas externas por alguna de las posibles vías.

Si deseas solicitar un estudio de reconocimiento, accede al apartado de Formulario.