Estás en: Títulos Propios de la UEMC


CONCEPTO

Son enseñanzas de formación permanente, en diferentes modalidades, conducentes a la obtención de otros títulos, distintos a los de carácter oficial, y con validez en todo el territorio nacional, son programas de formación que tienen como finalidad la adquisición de una formación de carácter específica y multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional. No requiere una homologación o acreditación específica, ya que las Universidades tienen la capacidad de expedir títulos propios, tal y como se recoge en el artículo 2. g) de la Ley Orgánica de Universidades 6/2001.

Los Títulos Propios impartidos por la UEMC no habilitan para el ejercicio profesional, son exclusivamente cursos de formación o especialización complementaria. Por lo que para la habilitación o ejercicio profesional será obligatorio disponer de la titulación oficial requerida en cada Colegio Profesional o especialidad.

Se diseñan en función de las necesidades sociales detectadas por los profesionales y pretenden ser una formación especializada y complementaria a la formación académica de los alumnos.

El Título Propio tiene la misma validez fuera que dentro de España, ya que es un título de estudios no reglados, y realizado conforme a la Ley Orgánica de Universidades.

DIFERENCIA ENTRE TÍTULOS PROPIOS Y MÁSTER OFICIALES

Los másteres oficiales se regulan por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), entidad dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD), lo que implica que éstos tienen homologación en los 47 países miembros del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES). Los títulos propios los aprueba la Universidad Europea Miguel de Cervantes, y por tanto se someten a estándares normativos de la propia Universidad.

El Máster Oficial concede puntos en las oposiciones o concursos de la Administración Pública como postgrado, mientras que los Títulos Propios puntúan como Formación Continua, aunque esto puede variar según la baremación de cada concurso u oposición, pero siempre será menor en los Títulos Propios.

Los Máster Oficiales dan acceso al doctorado, los Títulos Propios no.

En el ámbito de la empresa privada los dos son igual de válidos, siempre que no sea para el ejercicio de una profesión regulada para la que sea necesario el título oficial habilitante.

SISTEMA DE  CRÉDITOS Y EVALUACIÓN EN LOS TÍTULOS PROPIOS

La estructura de los Títulos Propios se establece en créditos europeos, según la definición dada en el artículo 3 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

El crédito europeo, de conformidad con el Real Decreto precitado, es la unidad de medida del haber académico que representa la cantidad de trabajo del estudiante para cumplir los objetivos del programa de estudios. Un crédito europeo equivale a 25 horas de dedicación por parte del alumnado, integrando en ellas las enseñanzas teóricas y prácticas, así como otras actividades académicas dirigidas, con inclusión de las horas de estudio y de trabajo que el estudiante debe realizar para alcanzar los objetivos formativos.

En todos los Títulos Propios se deberá realizar una evaluación del rendimiento del alumno y se otorgará una calificación numérica, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y su validez en todo el territorio nacional.
Las  enseñanzas de los Títulos Propios deberán organizarse de forma que no se superen un máximo de 2 créditos por semana, siempre respetando lo estipulado en el RD 1125/2003.

PROCEDIMIENTO DE EXPEDICIÓN DE LOS TÍTULOS PROPIOS

Las Tasas de Expedición de los Títulos Propios serán aprobadas por el Consejo de Administración de la Universidad. Se ajustarán a los precios y tasas que establezca la Universidad Europea Miguel de Cervantes para cada curso académico.
La tasa de expedición la abonará en su totalidad directamente:
-    el alumno a la UEMC a través de la Plataforma de Expedición de Títulos Propios
     o
-    la entidad colaboradora directamente a la UEMC, a través de los sistemas habilitados para tal efecto.

En el caso de ser solicitado por parte del alumno directamente a la UEMC:

El alumno podrá solicitar su Diploma, Certificado o Programas a través de la Plataforma de Expedición de Títulos Propios que encontrará accediendo en el siguiente enlace con el usuario y contraseña facilitados por la UEMC y enviados por la entidad colaboradora al alumno tras comprobar y revisar la superación de la formación con éxito.
Dentro de la Plataforma de Expedición de Títulos Propios el usuario encontrará las descripciones de cada documentos a solicitar, las imágenes y las tasas específicas de cada uno de ellos para que pueda decidir claramente lo que necesita.

SOLICITUDES DE QUEJAS O SUGERENCIAS TÍTULOS PROPIOS

Este espacio está destinado a la participación de los estudiantes de Títulos Propios de la Universidad Europea Miguel de Cervantes (UEMC)— así como a aquellas personas, grupos o instituciones que tengan interés en nuestra Universidad, en las enseñanzas que imparte o en los resultados que obtienen.
Para cualquier queja o sugerencia puede rellenar la siguiente SOLICITUD , su solicitud será atendida en la mayor brevedad posible.
Agradecemos de antemano su participación en este apartado.


Para mayor información acerca de los Títulos Propios:
Consulta Nuestro Reglamento de Títulos Propios