La representación de todos los estudiantes de la UEMC en las figuras de los delegados y subdelegados de grupo, curso, titulación, centro (facultad/escuela) y universidad, supone una gran responsabilidad al actuar como canalizadores de las demandas y sugerencias de sus representados y ser nexo de unión entre los estudiantes, docentes, el Centro de Atención al Estudiante y el Vicerrectorado de Estudiantes y Vida Universitaria.
Los representantes de los estudiantes tienen como finalidad velar por los intereses generales de los estudiantes de la UEMC, defendiendo los derechos que les son reconocidos legalmente.
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- Representar a todos los estudiantes de la Universidad Europea Miguel de Cervantes y de defender sus derechos e intereses, tanto ante otros miembros de la Comunidad Universitaria, como a nivel autonómico y estatal
- Ayudar a la resolución de los posibles problemas de los estudiantes.
- Dar a conocer el funcionamiento de la Universidad a los estudiantes.
- Fomentar la participación de los estudiantes en los diferentes ámbitos de la Universidad, como la participación de manera activa y pasiva en elecciones de los órganos de la Universidad.
- Hacerse eco de las reivindicaciones de los estudiantes y manifestarlas en los órganos colegiados de la Universidad.
- Fomentar las actividades de los estudiantes.
- Fomentar el asociacionismo y la representación estudiantil.
- Coordinarse con otros órganos de representación estudiantil de las universidades de la Comunidad y del Estado.
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- Delegado y subdelegado de la Universidad.
- Delegado y subdelegado de las diferentes escuelas y facultades.
- Delegado y subdelegado de cada titulación.
- Delegado y subdelegado de cada curso y grupo.
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- Presentándote a las elecciones a representantes estudiantiles o votando en ellas a las personas que consideres más adecuadas
- Colaborando en las actividades que se realicen
- Exigiendo el cumplimiento de las funciones
- Comunicando a la Delegación cuantos problemas tengas y todas las deficiencias que detectes
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- El derecho de los alumnos a la participación directa en todo lo concerniente a su actividad universitaria se concreta en el capítulo VIII del Estatuto del Estudiante Universitario
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- Obtención de créditos ECTS. Estos créditos se conceden por la participación en actividades universitarias y están regulados por el Reglamento de Reconocimiento de Transferencia Créditos.
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