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INVESTIGACIÓN
  • AUTORES

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    Firma
    La falta de normalización de los nombres de los autores investigadores y de la universidad y sus departamentos en las publicaciones científicas y académicas dentro de las principales bases de datos, disminuye su visibilidad a nivel nacional e internacional y dificulta la recuperación de las publicaciones y de las citas recibidas.
    Recomendaciones de la FECYT para la normalización del nombre de autores e instituciones en las publicaciones científicas.
    Criterios de firma de IraLis (International Registry of Authors-Links to Identify Scientists).
    Recomendación para la filiación de artículos a la UEMC.
    El orden de firma de los autores también es un elemento importante al publicar ya que es un aspecto valorado en los procesos de evaluación del profesorado universitario y del personal investigador por las agencias de calidad. Además  es importante para localizar información sobre los autores en las bases de datos ya que el figurar como primer autor garantiza una correcta recuperación de todas las citas recibidas porque no todas las bases de datos indizan a todos los autores que figuran en una referencia citada y porqué el estilo de cita elegido condiciona el número de autores referenciados directamente en el caso de obras colectivas.
    El número de autores de un trabajo debe estar justificado por el tema, su complejidad y extensión, debe responder a una participación activa en la elaboración del mismo y no ser superior a la media de la especialidad.
    La herramienta CO-AUTHOR INDEX proporciona una orientación de la media de autores en la disciplina o en las revistas más importantes del área.

    Perfiles de autor / investigador
    El perfil de autor / investigador, es una página web donde se crea un ID asociado al investigador que identifica y evita la ambigüedad que puede ir unida a la firma de autor. Permite unificar todas las publicaciones de un autor / investigador aunque se hayan usado varias firmas científicas, ya que vincula esas variantes de firma al ID.
    Ventajas de crear un perfil de autor /investigador:
    - Reúne la información completa de un autor en una única URL, incluyendo todas sus publicaciones, nombres y firmas alternativas, lo que evita errores de identificación
    -  Facilita ser identificado por posibles colaboradores.
    - Facilitan la localización de proyectos de investigación y focos geográficos por áreas temáticas.
    - Permiten incluir informes de citas.
    Un perfil de investigador facilita la recuperación y difusión de las publicaciones lo que contribuye al aumento de su visibilidad.
    Existen diferentes plataformas para crear un perfil de autor siendo las principales los siguientes:

    ORCID
       Creación y gestión  -  Más información Video tutoriales


     RESEARCHERID  Creación y gestión  - Más información Video tutoriales

    ScopusScopus es una de las principales bases de datos referenciales a nivel internacional. El perfil de autor se crea automáticamente cuando aparecen artículos del investigador en Scopus, incorporando todas sus publicaciones en la misma, las referencias citadas, el índice H y otras métricas. Puede asociarse con el perfil de ORCID, incorporando así las últimas publicaciones y crear alertas.

    Google académicoHerramienta de Google que genera un currículo-perfil investigador a partir de los documentos del autor indexados en Google Scholar. Permite recoger las citas de los artículos publicados. Más información.

  • DÓNDE PUBLICAR

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    Existen herramientas que permiten identificar las publicaciones de mayor calidad de cada disciplina, siendo una de la más importantes su  presencia en las principales bases de datos internacionales multidisciplinares (Web of Science y Scopus) y especializadas.
    Revistas españolas indexadas en Web of Science y Scopus.
    Sin embargo, es el factor de impacto, un indicador indirecto que mide la frecuencia con la que una revista ha sido citada en un año concreto, el instrumento principal para comparar revistas y evaluar su importancia relativa dentro de un mismo campo científico.

    InCites

    JCR  no es la única herramienta que mide el factor de impacto pero sin duda es la más conocida y utilizada. Mide el impacto de una revista en función de las citas recibidas por los artículos publicados y recogidos en la Web of Science (WOS). Existen dos ediciones: JCR Science Edition (para revistas de ciencias) y JCR Social Sciences Edition, ambas consultables desde la misma plataforma.
    La Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) ha creado una herramienta que permite la consulta de los datos del factor de impacto, así como de otras métricas que se pueden obtener a través del Journal Citation Report (JCR) online.


    Para consultar el JCR desde fuera de las instalaciones de la universidad es necesario ser usuario registrado, en el mostrador de información y préstamo puedes solicitar el acceso.

    SJR

    Es otro índice de impacto que obtiene los datos de citas de Scopus, y los ofrece en acceso abierto a la comunidad científica.

    Comparativa


    Otros índices de impacto y clasificaciones de interés:

    Listado invetsigación


    Para monografías puede utilizarse Publishers Scholar Metrics, índice bibliométrico que pretende medir el impacto de las editoriales de monografías científicas a partir del recuento de citas de los libros publicados por los profesores e investigadores de universidades públicas españolas indizados en Google Scholar hasta 2012 en el ámbito de las Humanidades y Ciencias Sociales.
     

  • CITAR

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     Cómo citar y elaborar referencias bibliográficas.
     Cita tus datos de investigación: Citar datos de investigación

  • ACCESO ABIERTO

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    Qué es
    El Acceso Abierto (Open Access) es el término utilizado para describir el libre acceso a la literatura científica en línea.
    Tres declaraciones de ámbito internacional lo apoyan y definen, junto con numerosas iniciativas más.

    Para saber más.

    Beneficios del acceso abierto
    Visibilidad + Impacto +Transferencia + Protección frente al prágio
    Beneficios del acceso abierto. Lo que no es visible, no se comparte y no se difunde

    Propiedad intelectual y acceso abierto
    Publicar en abierto es totalmente compatible con la edición comercial
    La Red de Bibliotecas Universitarias, REBIUN, en su defensa del acceso abierto ha elaborado la siguiente infografía  sobre las cuestiones a tener en cuenta antes de firmar un contrato con una editorial comercial y las versiones de los artículos científicos y el acceso abierto.

    Infografía 3


    Infografía 1


    La base de datos Sherpa/Romeo permite consultar las políticas derechos de autor de las editoriales. Por su parte, la base de datos Dulcinea permite conocer las políticas editoriales de las revistas españolas respecto al acceso a sus archivos, los derechos de explotación y licencias de publicación, y cómo estos pueden afectar a su posterior auto-archivo en repositorios institucionales o temáticos. Consultándola podréis determinar que versión del documento puede ponerse en acceso abierto y dónde.
    Otra opción que tienen los autores para evitar sus desventajas frente a los contratos editoriales, es la de añadir una adenda a su contrato, debiéndose firmar y fechar tanto la adenda, como el contrato del editor, y no olvidando añadir al lado de la firma en el contrato de publicación que está sujeto a las condiciones de la adenda adjunta.
    Las licencias Creative Commons son uno de los sistemas más utilizados para publicar en acceso abierto. Tienen como objetivo defender los derechos de las publicaciones a partir de las condiciones definidas por el autor. Para escoger la licencia más adecuada el autor debe remitirse a la siguiente web.
    Además REBIUN también ha elaborado una serie de recomendaciones para informar de los derechos como autor.
    Para saber más y conocer otras guías de creación de materiales en universidades consulta aquí.

    Marco legal
    Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
    Recomendaciones para la implementación del artículo 37 difusión en acceso abierto de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
     
    Infografía 2

    ventajas_repositorio

    beneficios_repositorio

    Real Decreto 99/2011 por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado

  • SEXENIOS 

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    Los sexenios son el reconocimiento de la actividad investigadora por parte de la ANECA (Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación), en un tramo de investigación de seis años, con el propósito de incentivar su ejercicio y su calidad.

    Se presentan cinco aportaciones elegidas por los solicitantes, publicadas en el tramo de seis años para el que se solicita el Sexenio.

    El tramo de investigación de 6 años, consecutivos o no, se refiere a años naturales, aunque los no incluidos quedan inhabilitados.

    Los criterios de calidad de la investigación varían según el área de conocimiento, estableciéndose 11 campos temáticos, a través de los cuales el solicitante puede decidir ser evaluado, pudiendo solicitarse hasta un máximo de 6.

    Consejos y nociones básicos a tener en cuenta

    1. El investigador elige 5 aportaciones principales que considere de más calidad y podrán acompañarse de hasta 2 aportaciones sustitutorias.

    Las cinco publicaciones presentadas deben haber sido publicadas durante el sexenio que se solicita, pero no tiene que haber una publicación todos los años, y un año puede contar con más de una publicación.

    2. Las aportaciones se valorarán considerando la situación general de la ciencia en España, y solo serán valorables si contribuyen al progreso del conocimiento y presentan impacto científico o social. En el proceso de evaluación se aplicarán criterios y metodologías de evaluación cualitativas y cuantitativas.

    3. Se valorarán positivamente los resultados de investigaciones multidisciplinares e interdisciplinares.

    4. La persona solicitante deberá haber participado activamente en los trabajos, concretando su aportación específica en los casos de autoría múltiple.

    5. Se requerirá el depósito de los resultados de la investigación que se sometan a evaluación en repositorios institucionales, incluyendo un identificador persistente. El depósito podrá hacerse en acceso abierto, acceso restringido, embargado o acceso solo a los metadatos.
    Los conjuntos de datos deberán cumplir con los principios FAIR (fáciles de encontrar, accesibles, interoperables y reutilizables).

    6. Todas las aportaciones deberán estar publicadas o registradas, en los años que se someten a evaluación. Ya sea de forma definitiva o una vez aceptadas y publicadas en los nuevos sistemas conocidos como publicación continua, obligatorio presentar el identificador persistente.     
    Las publicaciones presentadas en tramos ya concedidos no se pueden volver a presentar. Se pueden solicitar un máximo de 6 tramos en varias convocatorias.

    7. Se publican criterios específicos de evaluación para cada área.

    8. Las publicaciones aportadas pueden ser desde el año siguiente a la obtención del Grado o Licenciatura, siempre y cuando, exista un contrato o certificado que acredite que el solicitante desarrolló una labor adscrita a la investigación, que debe ser de al menos de 8 meses durante un año, para que éste pueda considerarse válido para construir un sexenio.

    RECOMENDACIONES REBIUN para la convocatorio de sexenios de investigaciones 2023 y Repositorios Institucionales

    Infografía_REBIUN_
     

  • ORGANISMOS EN LA ACTIVIDAD INVESTIGADORA 

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    Los organismos que intervienen en la evaluación de la actividad investigadora en España son:
    1. Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI)

    Creada por O.M. de 28 de diciembre de 1989, corresponde a la CNEAI la evaluación de la actividad investigadora del profesorado universitario y del personal investigador del CSIC. La solicitud de evaluación de esta actividad investigadora (por periodos de seis años) es voluntaria y con ella se consigue un complemento de productividad.

    Anualmente (sobre el mes de noviembre) se realiza una convocatoria de solicitud de sexenios de investigación. En esta convocatoria publicada en el BOE se fija el procedimiento y plazo de presentación de las solicitudes, así como los criterios específicos de evaluación para cada uno de los campos científicos.

    La presentación de la solicitud se ha de realizar por vía telemática mediante la aplicación informática ofrecida por la CNEAI en su página web. Si el interesado no dispone de certificado reconocido de firma electrónica deberá además imprimir el impreso de solicitud y presentarlo, por duplicado, en los lugares señalados por la convocatoria.

    Legislación de aplicación: Orden 2-12-1994 por la que se establece el procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora. Orden 2 de diciembre de 1994

    2. Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA)

    Fundación estatal creada en 19 de julio de 2002, tiene como misión contribuir a la mejora de la calidad del sistema de educación superior mediante la evaluación y certificación de enseñanzas, profesorado e instituciones.

    2.1. Evaluación del profesorado para la acreditación nacional
    La acreditación nacional (como profesor titular o como catedrático) es requisito para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.

    Los requisitos para la acreditación y la solicitud de esta son tramitados por la ANECA quien propone al Consejo de Universidades la expedición del certificado de acreditación a favor del candidato.

    La convocatoria de solicitud de acreditación nacional está permanentemente abierta desde el 28 de enero de 2008.

    El Programa ACADEMIA, a través de sus Comisiones de Acreditación, lleva a cabo el proceso de evaluación curricular para la obtención de la acreditación para el acceso a los cuerpos docentes universitarios de Profesor Titular de Universidad y Catedrático de Universidad. Incluye el procedimiento para la exención del requisito de pertenecer al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad a que se refiere el art. 60.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre.

    La solicitud se puede cumplimentar mediante una herramienta informática accesible desde la página web de la ANECA. Una vez cumplimentada la solicitud se genera un documento con un código que ha de presentarse en un registro público junto con la documentación acreditativa de los méritos alegados, la declaración de veracidad de estos y la autorización para su inscripción en el Registro de la D.G. de Universidades.

    Legislación de aplicación: RD 1312/2007 por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios. RD 1312/2007, modificado por el Real Decreto 29/5/2015.

    Norma derogada, con efectos de 7 de septiembre de 2023, salvo el anexo I, que mantiene su vigencia hasta la entrada en vigor del listado de especialidades de conocimiento al que hace referencia la disposición transitoria 2 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, según establece su disposición derogatoria única.1.a). Ref. BOE-A-2023-19027

    Con fecha 1 de enero de 2024 se constituyen las comisiones de acreditación, con las especialidades de conocimiento que se asignan a cada comisión, que sustituyen a las comisiones recogidas en el Anexo I del presente Real Decreto, que queda suprimido, según establece el apartado tercero de la Resolución de 14 de noviembre de 2023. Ref. BOE-A-2023-23709


    Documentos de ayuda: Principios y orientaciones para la aplicación de los criterios de la evaluación y Guía de ayuda. Ambos documentos se pueden consultar en la página web de la ANECA. Asegúrese de que siempre utiliza la última versión de estos.

    2.2. Evaluación del profesorado para la contratación

    Evalúa las actividades de los solicitantes para el acceso a las figuras de profesor universitario contratado (contratado doctor, ayudante doctor, colaborador y profesor de universidad privada). La ANECA emite un informe favorable válido para todo el territorio nacional por tiempo indefinido.

    El Programa de Evaluación del Profesorado para la contratación (PEP) evalúa las actividades docentes e investigadoras, y la formación académica de los solicitantes para el acceso a las figuras de profesor universitario contratado (profesor contratado doctor, profesor ayudante doctor y profesor de universidad privada) establecidas en la LOMLOU.

    La convocatoria de solicitud está permanentemente abierta. El solicitante deberá presentar: solicitud, curriculum vitae y copia cotejada de la documentación acreditativa de la titulación exigida y de todos los méritos que componen el historial académico. La solicitud y el CV se pueden cumplimentar mediante una herramienta informática accesible desde la web de la ANECA. Una vez cumplimentada se procederá a su impresión y se dirigirá a DGU a través de un registro público. Podrán solicitar en un único impreso la evaluación simultánea para todas las figuras contractuales.

    Legislación de aplicación: RD 1052/2002, de 11 de octubre , por el que se regula el procedimiento para la obtención de la evaluación de la ANECA y su certificación a efectos de contratación de personal docente e investigador universitario.  

    RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2005, de la Dirección General de Universidades, por la que se modifican determinados aspectos del procedimiento de presentación de solicitudes de evaluación o informe de la ANECA para la contratación de personal docente e investigador, así como los criterios de evaluación.

    3.Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León (ACSUCYL)

    Evaluación previa de la actividad docente e investigadora para la contratación de profesorado por las universidades. Las figuras son: Profesor Ayudante Doctor, Profesor Contratado Doctor, Profesor de las Universidades Privadas, Profesor Colaborador. Convocatoria anual (BOCyL)

    Desde 2003 ACSUCYL, en el ejercicio de sus competencias como órgano de evaluación externa del sistema universitario de Castilla y León, viene desarrollando un proceso de evaluación de méritos básicos que garanticen la idoneidad de los candidatos que aspiran a ser contratados en esas figuras de profesorado. Al proceso de evaluación pueden presentarse los interesados en superar este requisito previo, que les permitirá concurrir a los procesos de contratación del profesorado que se desarrollen, en su caso, por parte de las Universidades de Castilla y León. A tal fin, ACSUCYL viene realizando anualmente una convocatoria de evaluación, cuyas bases son publicadas en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL).