REQUISITOS GENERALES
Los establecidos en el art. 6 y la disposición adicional segunda del R.D. 99/2011, de 28 de enero; en el art. segundo del R.D. 43/2015, de 2 de febrero y en el punto dos de la disposición final tercera del R.D. 195/2016, de 13 de mayo.PERFIL DE INGRESO
- Perfil 1 (prioritario). Graduados o licenciados en CAFD (Ciencias de la Actividad Física y del Deporte), Fisioterapia y Terapia Ocupacional que hayan realizado un máster universitario en cualquiera de las áreas comprometidas con la actividad física y la salud en poblaciones catalogadas como poblaciones especiales.
- Perfil 2. Graduados o licenciados/diplomados, que hayan cursado un máster universitario en ciencias de la salud, con acceso a Doctorado. Será la Comisión Académica del Programa quien juzgue la coherencia del perfil con el Programa, pudiendo exigir complementos formativos.
Podrán solicitar la preinscripción solicitantes que no se adecúen a ninguno de los perfiles anteriores; no obstante, queda a discreción de la Comisión Académica determinar si estos candidatos serían evaluables o no.
CRITERIOS DE SELECCIÓN Y ADMISIÓN
Para realizar la selección, la Comisión Académica utilizará los criterios siguientes entre los aspirantes que hayan formalizado la preinscripción:a) Valoración del expediente académico (70%, del cual el 50% corresponderá a nota media del grado y 20% a nota media del máster).Los aspirantes seleccionados serán admitidos en el Programa de Doctorado. Los perfiles de acceso que resulten seleccionados y que no provengan de un máster en el área de Ciencias de la Salud serán admitidos con el compromiso de cursar los complementos de formación indicados por la Comisión Académica.
b) Valoración de los méritos de especial relevancia investigadora (participación en congresos, trabajos publicados…), docente (docencia en materias del área socio sanitaria, en enseñanzas no universitarias, participación en sociedades científicas…) y profesional asistencial en relación con el Programa de Doctorado (15%).
c) Motivación, intereses, etc., apreciados por la Comisión en la entrevista (15%).
Asimismo, serán de aplicación al procedimiento de admisión lo establecido en la normativa e instrucciones de Admisión y Matrícula que apruebe anualmente la UEMC. En el caso de estudiantes con necesidades educativas especiales, los sistemas y procedimientos de selección y admisión incluirán los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados.